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Términos y Condiciones

Última actualización: 4 de septiembre de 2026

1. Aceptación, marco legal y modificaciones

Al contratar los servicios de COMERCIO INTERNACIONAL CARGO PARTNER LIMITADA (RUT 77.999.041-9), "Cargo Partner", el cliente acepta estas condiciones, que se rigen por la legislación de la República de Chile y, supletoriamente y en lo que no se oponga a ella ni a este documento, por las condiciones generales de la FIATA. Rigen los términos vigentes a la fecha de aceptación de la cotización, que se acompañan a ella; Cargo Partner puede actualizar estos términos y las actualizaciones aplican a cotizaciones posteriores a su publicación en cargopartner.cl/terminos.

2. Alcance del servicio

Cargo Partner actúa como agente de carga internacional en transporte marítimo (FCL/LCL), aéreo y terrestre, coordinación de tramitación aduanera y consultoría en comercio exterior. La cotización aceptada por el cliente define el alcance exacto de cada operación: lo no indicado en ella no está incluido, como el transporte terrestre en origen o destino. Salvo indicación expresa en la cotización, el servicio no comprende el agenciamiento de aduanas ni la tramitación de la destinación aduanera, que el cliente contrata con su agente de aduanas.

3. Información y condiciones provistas por el cliente y su proveedor

La cotización se construye sobre los datos que declaran el cliente o su proveedor: Incoterm y lugar exacto de entrega (reglas Incoterms® 2020, salvo que la cotización indique otra versión), descripción y valor de la mercancía, peso, volumen, cantidad y dimensiones de los bultos, apilabilidad, embalaje y origen preferencial. Su veracidad y vigencia son responsabilidad de quien los entrega; Cargo Partner no los verifica en terreno ni responde por las diferencias que provengan de ellos. A falta de declaración expresa, la cotización se entiende hecha sobre carga apilable y en bultos aptos para el modo de transporte contratado. Frente a Cargo Partner, el cliente responde por la información y por las condiciones de entrega y embalaje provistas por su vendedor, proveedor o comprador, sin perjuicio de las acciones que pueda ejercer contra ellos.

4. Cotizaciones, tarifas y tipo de cambio

Las cotizaciones tienen la vigencia indicada en el documento emitido y están sujetas a disponibilidad de espacio, fluctuaciones cambiarias y variaciones de tarifas de las navieras, aerolíneas y consolidadores. Cargo Partner declara el costo total antes del embarque sobre la información disponible a esa fecha; los cobros que se originen después conforme a las cláusulas 5 y 6 se informan y facturan por separado. Los valores en moneda extranjera se facturan en pesos al tipo de cambio de facturación: el observado del Banco Central de Chile publicado el día de emisión de la factura o, a falta de publicación, el último publicado con anterioridad, más un recargo de 6% sobre ese tipo de cambio; el porcentaje aplicable es el indicado en su cotización.

5. Revisión y recotización

Si un dato de la cláusula «Información y condiciones provistas por el cliente y su proveedor» cambia, difiere de lo declarado o se conoce después de emitida la cotización, esta queda sujeta a revisión y recotización, sin que ello constituya incumplimiento de Cargo Partner. Casos típicos: cambio de Incoterm o de lugar de entrega; carga que se declara no apilable después de cotizada; diferencias de peso, volumen o cantidad de bultos; embalaje que deba rehacerse; y servicios no contemplados. El flete se cobra sobre lo efectivamente verificado: Aéreo: el peso cargable —el mayor entre el peso bruto y el volumétrico— que registra la guía aérea emitida por la aerolínea, que es el documento que hace fe. Marítimo y terrestre: el peso o volumen verificado en origen. Si el cliente no acepta la recotización en el plazo informado, la operación se suspende: lo ya prestado y los costos de terceros devengados se facturan igualmente y la mercancía queda a su disposición, con los gastos de almacenaje, devolución o cancelación de su cargo.

6. Costos de terceros y gastos extraordinarios

Los cobros de terceros originados por hechos ajenos a la gestión de Cargo Partner son de cargo del cliente: acondicionamiento, reembalaje o repaletizado exigido en origen o destino; almacenaje y sobreestadía; reprogramaciones; inspecciones y aforos; multas y diferencias arancelarias, incluidas las derivadas de un origen preferencial que el exportador no logre acreditar. Cargo Partner los informa apenas los conoce, gestiona la solución y los traslada al cliente; su intervención no implica asumirlos. Los que se devengan por el solo transcurso del tiempo —almacenaje, sobreestadía— o que un tercero exija para liberar o embarcar la carga se trasladan sin necesidad de aprobación previa; el resto se sujeta a la cláusula 10. Cuando el hecho que origina el sobrecosto sea imputable a Cargo Partner, su costo es de su cargo. Un aporte de Cargo Partner sobre uno de estos costos es una concesión puntual, no un precedente ni una obligación para operaciones futuras.

7. Pagos

Las condiciones de pago se acuerdan en cada cotización. Por defecto aplica pago contado: la carga y los documentos se liberan una vez pagadas íntegramente las facturas de la operación, salvo crédito expresamente otorgado a 30 o 45 días contados desde la emisión de la factura. El no pago oportuno faculta a Cargo Partner, conforme a la ley chilena, a retener la carga y los documentos de la operación impaga; el almacenaje o sobreestadía que se genere durante esa retención es de cargo del cliente.

8. Liberación de la carga

Marítimo: contra el conocimiento de embarque (Bill of Lading o «BL»): entrega o canje del BL original —o telex release, según la emisión acordada—. Los días libres en destino y las condiciones de devolución de unidades son los de la cotización. Aéreo: no existe BL: se libera contra la papeleta de recepción o solicitud de retiro del almacén (SDA). La guía aérea (AWB) no es un documento negociable y el almacenaje se rige por el tarifario del almacén de destino. Terrestre: contra la carta de porte o guía de despacho, en el punto de entrega convenido. En todos los casos la liberación procede una vez pagada íntegramente la totalidad de las facturas de la operación.

9. Responsabilidad, embalaje y seguro

La responsabilidad de Cargo Partner se rige por las condiciones generales de la FIATA y por los convenios aplicables, con los límites que estos establecen: Marítimo: Libro III del Código de Comercio de Chile, que recoge las Reglas de Hamburgo; y, cuando resulten aplicables, el Convenio de Bruselas y las Reglas de La Haya-Visby. Aéreo: Convenio de Montreal de 1999 y, cuando corresponda, Convenio de Varsovia. Terrestre: Código de Comercio y los acuerdos de transporte internacional terrestre aplicables. El embalaje adecuado al modo de transporte contratado es responsabilidad de quien entrega la mercancía —el vendedor o el propio cliente, según el Incoterm—, incluidos la sujeción, el marcado y la aptitud del bulto para ser aceptado por el transportista. El rechazo de la carga, su acondicionamiento posterior o los daños por embalaje insuficiente no son responsabilidad de Cargo Partner; cuando el hecho sea imputable a Cargo Partner, responde conforme a los convenios citados. Los daños por embalaje insuficiente suelen quedar excluidos de las pólizas de carga; las coberturas y exclusiones son las de la póliza que se contrate. Se recomienda contratar seguro de carga; Cargo Partner puede incluirlo en la cotización si el cliente lo solicita.

10. Rol consultivo y decisiones del cliente

Cargo Partner asesora al cliente antes y durante la operación; esa asesoría se basa en la información que él entrega y no reemplaza la de su agente de aduanas o asesor tributario. Ante un imprevisto informa lo que ocurre y propone las alternativas disponibles. La elección entre ellas, y su costo, corresponden al cliente como importador o exportador. Toda solución con costo requiere su aprobación previa —salvo lo exceptuado en la cláusula 6— y puede otorgarse por correo electrónico. Si no se recibe dentro del plazo informado, que se comunica por escrito al correo registrado y es razonable atendida la urgencia de la operación, la operación puede perder el embarque, el vuelo o la nave, y los costos y demoras que de ello se deriven son de cargo del cliente.

11. Confidencialidad, datos, jurisdicción y contacto

La información comercial intercambiada es confidencial, salvo la que deba entregarse a transportistas, autoridades aduaneras, aseguradores u otros terceros para ejecutar el servicio, o cuya divulgación exija la ley. El tratamiento de datos personales se rige por nuestra Política de Privacidad, por la Ley 19.628 y, desde su entrada en vigencia, por la Ley 21.719. Toda controversia derivada de estos términos o de los servicios prestados al amparo de ellos se somete a los tribunales ordinarios de justicia de Valparaíso, Chile, sin perjuicio de los foros que la ley conceda imperativamente al demandante. Consultas: comercial@cargopartner.cl · +56 9 5514 0870 (lunes a viernes, 9:00 a 18:00, hora de Chile).

Servicio integral con agenciamiento de aduanas

Cuando la cotización incluye agenciamiento de aduanas, la operación se rige además por los Términos y Condiciones del Servicio Integral, que detallan el reparto de responsabilidades entre Cargo Partner y Comex Partner.